- Detalles
Palma Soriano.- En el proceso de actualización del modelo económico cubano, son múltiples los elementos que deben interactuar para que las metas proyectadas puedan alcanzarse con éxito. No se trata solamente de lo actual y novedoso, sino de no dejar engavetados aquellos documentos rectores cuyo cumplimiento cotidiano promueven el desarrollo de una entidad. Para lograr ese alto fin será preciso consolidar mecanismos que generen eficiencia, y que a su vez marchen de la mano con los intereses de los trabajadores.
Con el objetivo de no descuidar ese justo equilibrio nace el Convenio Colectivo de Trabajo. Esta poderosa herramienta es antigua como instrumento legal, pero se viste de juventud y energía cuando es capaz de adecuarse a la realidad de cada centro laboral. Un documento donde se plasma todo lo concerniente a las condiciones de trabajo, los deberes y derechos de empleadores y empleados, así como otros elementos de interés mutuo que forman parte del proceso productivo. El Convenio Colectivo de Trabajo no puede ser mayor de un año ni menor de tres años, razón por la cual, aunque sea una vieja normativa jurídica, conserva siempre la frescura y actualidad.
Esta importante herramienta para el desarrollo no debe repetir mecánicamente el contenido del Código de Trabajo, sino adecuarlo a lo específico de cada entidad, para que pueda influir en el cumplimiento de su encargo estatal. Por este motivo, su elaboración y posterior aprobación no puede convertirse en un acto superficial o de rutina, sino en un momento de trascendencia y con amplia participación.
El carácter individual y colectivo de este Convenio, y su enorme potencial para el desarrollo de la empresa socialista, lo convierten en un eslabón necesario, y que debe continuar perfeccionándose, para lograr una verdadera actualización de nuestro modelo económico.










